Espectáculos públicos y actividades recreativas

El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional, previsto para prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia. Este garantiza la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil (Real Decreto 393/2007).

De acuerdo con el Anexo I del Decreto 67/2015, se establece que: Los lugares, recintos e instalaciones en las que se celebren espectáculos públicos o actividades recreativas, deberán disponer de Plan de autoprotección si:

  • Espacios cerrados, con y sin techo: Aforo igual o superior a 1.000 personas
  • Espacios al aire libre: Aforo igual o superior a 10.000 personas

Las personas organizadoras o promotoras de espectáculos públicos, deberán elaborar un plan de seguridad del mismo, cuando el aforo máximo autorizado del evento exceda de 200 personas (art. 10. del Decreto 86/2013).

Este documento deberá redactarse por un técnico competente, y contendrá como mínimo: memoria descriptiva del evento, análisis de riesgos, planos del recinto, protocolos de intervención, descripción del dispositivo de seguridad y emergencias…

Los establecimientos donde se realicen o celebren actividades recreativas de carácter musical o de espectáculo y las instalaciones donde se desarrollen espectáculos públicos a los que no les sea exigible, en ambos casos, el Plan de autoprotección, deberán disponer de una memoria de seguridad con el contenido previsto en el artículo 8 del Decreto 86/2013.

La implantación del plan comprenderá, al menos, la formación y capacitación del personal, el establecimiento de mecanismos de información al público y la provisión de los medios y recursos precisa para la aplicabilidad del plan.

Debido a la complejidad que entraña la organización y producción de eventos, ya sea espectáculos públicos o actividades recreativas, desde nuestra empresa ofrecemos el servicio de gestión integral de eventos.

Este servicio está especialmente diseñado para que los organizadores de eventos se dediquen íntegramente a la producción del evento, mientras nuestro equipo se encarga de todos los aspectos legales y técnicos necesarios para la tramitación de las licencias administrativas necesarias.

Este servicio incluye:

  • Redacción e implantación de planes de seguridad, autoprotección…
  • Redacción y dirección de proyectos técnicos de instalaciones industriales
  • Certificados de montaje y funcionamiento
  • Trámite de autorizaciones administrativas
  • Asesoramiento técnico
  • Prestación de servicios sanitarios
  • Dispositivos de protección contra incendios
  • Dispositivos de seguridad privada

Gracias al perfil técnico de nuestra empresa ofrecemos el servicio de Proyectos técnicos para la legalización de instalaciones industriales temporales (instalaciones eléctricas de baja tensión, de protección contra incendios…) destinadas a la celebración de espectáculos públicos.

Las estructuras no permanentes desmontables destinadas a la realización de espectáculos públicos deberán reunir las condiciones de seguridad e higiene necesarias para las personas.

No se podrá otorgar licencia o autorización a las instalaciones no permanentes desmontables si no cuentan con las certificaciones expedidas por técnico competente que acrediten el correcto montaje y funcionamiento.

Plan de seguridad evento Tenerife
Edificación e instalaciones
Plan de autoprotección Tenerife

El Plan de autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional, previsto para prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad. Garantizando la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil (Real Decreto 393/2007).

En el Anexo I del Decreto 67/2015, se establece el catálogo de actividades de relevancia local y autonómica, susceptibles de generar situaciones de riesgo para las personas, sus bienes y el patrimonio colectivo, preceptivas de la elaboración de un Plan de autoprotección.

El artículo 20 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario debe prever la organización de la respuesta ante situaciones de emergencia, las medidas de protección e intervención a adoptar y los procedimientos y secuencia de actuación para dar respuesta a las posibles emergencias. La obligación anterior se traduce en la elaboración de un documento denominado  plan de emergencias.

Analizamos y evaluamos todos los riesgos propios y externos de tu actividad, con el objetivo de establecer las medidas correctoras y mitigadoras, dado el caso de que se materialicen.

Asesoramiento y seguimiento de la implantación del plan. Esta comprenderá, al menos, la formación y capacitación del personal, el establecimiento de mecanismos de información al público y la provisión de los medios y recursos precisa para la aplicabilidad del plan.

Uno de los principales objetivos que se debe perseguir a la hora de implantar un Plan con éxito, se basa en dotar al personal de la actividad de los conocimientos necesarios para el desarrollo de las medidas de seguridad y autoprotección establecidas en el Plan. Para ello, se debe establecer un programa de formación e información, generalizado y específico para cada uno de los integrantes de la actividad, donde se les indique las funciones y responsabilidades de cada uno ellos.

Esta es una de las fases más importantes de las que se compone un Plan, ya que se le da difusión y se dota al personal de los conocimientos necesarios para actuar ante situaciones de emergencia.

Los titulares de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 67/2015, están obligados a realizar simulacros con la periodicidad mínima que fije el propio plan, y en todo caso, al menos una vez al año, exceptuando las actividades desarrolladas al aire libre de carácter esporádico o festivo.

Desde Astral Estudio estudiamos y diseñamos simulacros de diversa temática encaminados a ejercitar los procedimientos de actuación internos del establecimiento. Estos ejercicios o simulacros implicarán la activación total o parcial de las acciones contenidas en el Plan de Actuación en Emergencias, pudiendo contar con la participación de los servicios de emergencia externos.

Nuestro equipo está compuesto por profesionales con titulaciones técnicas (ingenieros, arquitectos…) capaces de diseñar y proyectar instalaciones industriales (instalaciones eléctricas de baja tensión, protección contra incendios, extracción de humos…) destinadas a proteger la vida de los usuarios del establecimiento, así como a asegurar la integridad y continuo funcionamiento del edificio o actividad.

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